CONVOCATORIA PARA POSTULACIÓN A CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEDERACIÓN MEXICANA DE FISIOTERAPIA, TERAPIA FÍSICA, KINESIOLOGÍA Y REHABILITACIÓN (FEMEFI), PERIODO DICIEMBRE 2024- DICIEMBRE 2026.
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CONVOCATORIA PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEDERACIÓN MEXICANA DE FISIOTERAPIA, TERAPIA FÍSICA, KINESIOLOGÍA Y REHABILITACIÓN (FEMEFI), PERIODO DICIEMBRE 2024- DICIEMBRE 2026
I. EL CONSEJO DIRECTIVO
I.1. El Consejo Directivo estará constituido por: un Presidente Nacional, un Vicepresidente Nacional, un Secretario Nacional Propietario, un secretario suplente, un tesorero, un subtesorero. El secretario suplente y el subtesorero tomarán la figura y funciones de vocales (1era vocal y 2da vocal, en ese orden).
I.2. El periodo de asignación de funciones será de dos años a partir de su ratificación por la Asamblea
I.3. Las atribuciones de Presidente Nacional del consejo directivo serán:
I.3.1. Representar a la FEMEFI.
I.3.2. Presidir las sesiones del Consejo Directivo y la asamblea general.
I.3.3. Expedir los nombramientos acordados.
I.3.4. Vigilar el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos, el Código Deontológico de la FEMEFI, acuerdos de la Asamblea y del Consejo Directivo, así como el trabajo de las comisiones y comités.
I.3.5. Convocar a las Asambleas Plenarias Ordinarias y Extraordinarias.
I.3.6. Convocar a las Sesiones Extraordinarias del Consejo Directivo y a las Sesiones con las comisiones y comités.
I.3.7. Fomentar las relaciones de la FEMEFI con otras instancias educativas, científicas, culturales y gubernamentales.
I.3.8. Rendir a la Asamblea General el informe anual de labores y el del término de su gestión.
I.3.9. Cumplir todas las funciones que le sean encomendadas por la Asamblea General.
I.3.10. Ostentar la representación jurídica de la Federación Mexicana de Fisioterapia, Terapia Física, Kinesiología y Rehabilitación (FEMEFI) y para tal efecto tendrá las facultades establecidas por la ley.
I.3.11. Demás que se generen en plenaria.
I.4. Las atribuciones de Vicepresidente Nacional serán:
I.4.1. Representar a la FEMEFI en las ausencias del Presidente Nacional.
I.4.2. En las ausencias temporales o definitivas del Presidente Nacional, cumplir con las obligaciones y atribuciones del presidente.
I.4.3. Asistir y participar activamente en todas las sesiones del Consejo Directivo
I.4.4. Fungir como secretario de la comisión de Investigación Científicas y Divulgación e informar periódicamente al Consejo Directivo de sus actividades.
I.4.5. Demás que se generen en plenaria.
I.5. Las atribuciones y obligaciones del Secretario Nacional Propietario serán:
I.5.1. Asistir y participar activamente en todas las sesiones del Consejo Directivo.
I.5.2. Auxiliar al Presidente Nacional en sus tareas.
I.5.3. Organizar y atender la correspondencia.
I.5.4. Convocar a las sesiones ordinarias, extraordinarios del Consejo Directivo y la Asamblea General.
I.5.5. Levantar las actas de todas las sesiones en donde intervenga el Consejo Directivo. Estas actas se enviarán a la brevedad a todos los asistentes a estas sesiones, salvo las actas de la Asamblea de General que deberán enviarse dentro de los sesenta días siguientes a la celebración de la misma a los agremiados.
I.5.6. Dar seguimiento a los acuerdos de las sesiones referidas en el inciso anterior, del Consejo Directivo, de su presidente y de la Asamblea General.
I.5.7. Mantener actualizada la base de datos de la FEMEFI.
I.5.8. Demás que se generen en plenaria.
I.6. Las atribuciones y obligaciones del segundo secretario propietario (1era. vocal) serán:
I.6.1. Asistir y participar activamente en todas las sesiones del Consejo Directivo
I.6.2. Durante las ausencias temporales o definitivas del Secretario Nacional Propietario, cubrir sus funciones.
I.6.3. Auxiliar al Secretario Nacional Propietario en el desahogo de la correspondencia y de más funciones propias del cargo de secretario.
I.6.4. Revisar periódicamente la vigencia del Estatuto y Reglamentos de la FEMEFI.
I.6.5. Mantener actualizado el drive de la Federación.
I.6.6. Demás que se generen en plenaria.
I.7. Las atribuciones y obligaciones del Tesorero serán:
I.7.1. Asistir y participar activamente en todas las sesiones del Consejo Directivo
I.7.2. Administrar responsablemente las finanzas de la FEMEFI.
I.7.3. Vigilar la recaudación de las aportaciones ordinarias y extraordinarias realizadas por los colegios y asociaciones.
I.7.4. Recabar los donativos, apoyos, subsidios, fideicomisos, legados y demás ingresos de la FEMEFI.
I.7.5. Formular el presupuesto anual de ingresos y egresos.
I.7.6. Cubrir los compromisos económicos de la FEMEFI, con los fondos de la misma federación.
I.7.7. Presentar en la Asamblea General el informe financiero anual de la FEMEFI.
I.7.8. Proporcionar los informes que sobre las finanzas de la FEMEFI que solicite el presidente Nacional o el Secretario Nacional Propietario del Consejo Directivo o la Asamblea de General.
I.7.9. Apoyar al Presidente Nacional en el cumplimiento de las facultades establecidas en la ley.
I.7.10. Representará a la FEMEFI ante cualquier autoridad fiscal.
I.7.11. Demás que se generen en plenaria.
I.8. Las atribuciones y obligaciones del Subtesorero (2da vocal) serán:
I.8.1. Cumplir con las obligaciones del tesorero debido a ausencia temporal o definitiva del mismo.
I.8.2. Asistir y participar activamente en las sesiones del Consejo Directivo.
I.8.3. Auxiliar al Tesorero en la recaudación de las aportaciones ordinarias y extraordinarias realizadas por los colegios.
I.8.4. Auxiliar al Tesorero en la elaboración de los informes financieros y de los presupuestos de ingresos y egresos anuales.
I.8.5. Demás que se generen en plenaria.
II. SUCESIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
II.1. PRESIDENTE NACIONAL: El Vicepresidente Nacional actual asumirá el cargo de Presidente Nacional al finalizar el mandato del actual Presidente Nacional, debiendo cumplir con las siguientes condiciones.
II.1.1. Presentar carta intención para ocupar el cargo.
II.1.2. Haber cumplido las actividades propias de Vicepresidente Nacional por el periodo completo (dos años).
II.1.3. Ser socio activo de su Colegio/Asociación/Sociedad y que este esté afiliado a la FEMEFI.
II.1.4. Haber ocupado un cargo en el consejo directivo del Colegio/Asociación/Sociedad a donde pertenece con resultados honorables.
II.2. VICEPRESIDENTE NACIONAL: El Secretario Nacional Propietario actual asumirá el cargo de Vicepresidente Nacional al finalizar el mandato del actual Vicepresidente Nacional debiendo cumplir con las siguientes condiciones.
II.2.1. Presentar carta intención para ocupar el cargo.
II.2.2. Haber cumplido las actividades propias de Secretario Nacional por el periodo completo (dos años).
II.2.3. Ser socio activo de su colegio o asociación y que este esté afiliado a la FEMEFI.
II.2.4. Haber ocupado un cargo en el consejo directivo del colegio o Asociación a donde pertenece con resultados honorables.
III. CARGOS DE NUEVA ELECCIÓN
III.1. SECRETARIO NACIONAL PROPIETARIO (PRESIDENTE NACIONAL FEMEFI 2029-2030).
III.1.1. Podrán ocupar el cargo de Secretario Nacional FEMEFI los siguientes:
III.1.1.1. Tesorero saliente, segundo secretario saliente o subtesorero saliente.
III.1.1.1.1. Debió haber cumplido con las actividades propias de su cargo por el periodo completo (dos años).
III.1.1.2. Presidentes o miembros de Comisiones.
III.1.1.2.1. Debió haber cumplido con las actividades propias de su cargo hasta el momento de la postulación.
III.1.1.2.2. Deberá contar con el apoyo de su comisión.
III.1.1.3. Presidentes o miembros de los Consejos Directivos de las Asociaciones, Sociedad o Colegios estatales o de especialidad con afiliación vigente a la FEMEFI.
III.1.1.3.1. Deberá contar con el apoyo de su Consejo Directivo.
III.1.1.4. Afiliados vigentes de las Asociaciones, Sociedades o Colegios estatales o de especialidad con afiliación vigente a la FEMEFI.
III.1.1.4.1. Deberá contar con el apoyo de su Consejo Directivo.
III.1.1.5. Profesionista con grado mínimo de licenciatura en Fisioterapia, Terapia Física, Kinesiología o Rehabilitación con Título y Cédula.
III.1.1.5.1. Presentar currículum vitae con evidencia probatoria.
III.1.1.5.2. De preferencia deberá contar con experiencia en administración o gestión directiva o coordinativa.
III.1.1.5.3. Deberá afiliarse a la Asociación, Sociedad o Colegio que le corresponde y que este esté afiliado a la FEMEFI.
III.1.1.5.4. Ser profesionista honorable.
III.1.1.5.5. No contar con antecedentes penales.
III.1.2. La postulación y prioridad a ser votados se dará en el orden señalado en el punto II.3.1
III.1.3. El candidato deberá ser de nacionalidad mexicana.
III.1.4. Deberá presentar carta intención para ocupar el cargo de Secretario Nacional de la Federación Mexicana de Fisioterapia, Terapia Física, Kinesiología y Rehabilitación (FEMEFI) tomando en cuenta la Misión, Visión, y Valores de la FEMEFI así como el Código Deontológico FEMEFI.
III.1.5. Considerando que al paso de 4 años será aspirante directo para ocupar el cargo de PRESIDENTE NACIONAL de la Federación Mexicana de Fisioterapia, Terapia Física, Kinesiología y Rehabilitación (FEMEFI), deberá de igual manera presentar un proyecto como futuro Presidente Nacional tomando en cuenta la Misión, Visión, y Valores de la FEMEFI así como el Código Deontológico FEMEFI.
III.2. TESORERO, SEGUNDO SECRETARIO Y SUBTESORERO. Dichos cargos se elegirán de los miembros asociados o en su defecto considerando el orden de los puntos III.1.1.2, III.1.1.3, III.1.1.4 y III.1.1.5 y sus especificaciones, cumpliendo los siguientes elementos.
III.2.1. Presentar carta intensión para ocupar el cargo, así como un proyecto de propuesta de trabajo tomando en cuenta la Misión, Visión, y Valores de la FEMEFI así como el Código Deontológico FEMEFI.
III.2.2. Presentar currículum vitae con evidencia probatoria.
III.2.3. La postulación y prioridad a ser votados se dará en el orden señalado en el punto II.3.1
IV. COMITÉ DE POSTULACIÓN
IV.1. El Comité de Postulación estará integrado por los expresidentes (miembros honorarios), presidente saliente de la FEMEFI y la Comisión de Vigilancia.
IV.2. El comité de postulación deberá recibir a más tardar el día 29 de noviembre del 2024. del Secretario Nacional Propietario saliente las solicitudes de sucesión para su revisión.
IV.3. El comité de postulación deberá revisar la documentación correspondiente de los aspirantes o postulados a los cargos de sucesión y nueva elección, quien integrará el expediente electrónico para ser sometido a pleno en asamblea general.
IV.4. El Comité de postulación deberá dar a conocer en asamblea general los resultados de revisión y será quien dirigirá la votación de los cargos de sucesión y nombramientos precedida por la presidenta de la Comisión de Vigilancia.
IV.5. Será el Presidente Nacional actual o saliente quien dará los nombramientos al nuevo consejo directivo.
V. ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN
V.1. El periodo de recepción de las cartas intensión de sucesión o postulaciones de los nuevos cargos iniciará inmediatamente sea publicada la presente convocatoria y concluirá el jueves 28 de noviembre a las 23:59 Horas.
V.2. Forma de entrega: deberá presentarse en modalidad virtual bajo las siguientes características:
V.2.1. Carpeta nombrada con el cargo solicitante. (ejemplo; Presidente, Vicepresidente).
V.2.2. Integrar documentación solicitada en PDF.
V.2.3. Integrar la carpeta al siguiente Drive https://drive.google.com/drive/folders/1i47i0r29y31Cznd90r0xAPh1KW1-C7D4?usp=drive_link
V.3. El Secretario Nacional Propietario deberá informar al Comité de postulación el cierre de recepción de documentos y realizar entrega de carpetas para inicio del proceso el próximo viernes 29 de noviembre.
VI. EN CASO DE NO HABER POSTULANTES
VI.1. En caso de no existir propuestas de postulaciones a algun cargo, se cubrirán los cargos bajo ofrecimiento directo a los aspirantes que no fueron favorecidos para el cargo solicitado.
VI.2. De no existir solicitud a alguno o todos los cargos, el Consejo Directivo entrante asignará de manera directa a los futuros integrantes.
VI.3. De existir alguna controversia en los cargos asignados se convocará a reunión extraordinaria, solicitándose la intervención de los presidentes honorarios, del presidente nacional saliente y de los presidentes estatales y de especialidad para desahogar el conflicto.
VI.4. El veredicto resultante de la sesión será inapelable.
VII. CONFORMACIÓN DE COMISIONES
VII.1. La Federación está constituida por un consejo directivo y 6 comisiones, el consejo directivo tiene vigencia de 2 años y las comisiones de 3.
VII.2. Cada comisión está conformada por:
VII.2.1. Presidente.
VII.2.2. Vicepresidente.
VII.2.3. Secretario.
VII.2.4. 1era Vocal.
VII.2.5. 2da Vocal.
VII.3. Las comisiones vigentes son:
VII.3.1. Comisión de Vigilancia.
VII.3.2. Comisión de Dirección Académica.
VII.3.3. Comisión de Normatividad y Legislación.
VII.3.4. Comisión de Honor y Justicia.
VII.3.5. Comisión de Investigación Científica y Divulgación.
VII.3.6. Comisión de Difusión y Registros.
VII.4. Los periodos de las comisiones vigentes son las siguientes
VII.4.1. Comisión de Vigilancia………………………………………………… (2022-2024)
VII.4.2. Comisión de Honor y Justicia………………………………………… (2022-2024)
VII.4.3. Comisión de Dirección Académica……………………………….. (2023-2025)
VII.4.4. Comisión de Normatividad y Legislación……………………….. (2023-2025)
VII.4.5. Comisión de Investigación Científica y Divulgación………….. (2023-2025)
VII.4.6. Comisión de Difusión y Registros………………………………….. (2024-2026)
VIII. RATIFICACIÓN Y/O RENOVACIÓN DE COMISIONES
VIII.1. Las comisiones tendrán la opción de reelegirse, de así considerarlo, para lo cual deberán haber realizado una excelente labor durante el periodo de su gestión.
VIII.2. Será el consejo directivo entrante quien ratifique la reelección.
VIII.3. Al existir cambio de Consejo Directivo las comisiones vigentes tendrán la oportunidad de ratificar su continuidad o proponer el concluir su gestión de manera anticipada (demitir).
VIII.3.1. En el caso de cambio de Comisiones (por conclusión de periodo y no solicitar reelección o por demitir) se elegirán los nuevos cargos mediante plenaria.
VIII.3.2. Los postulantes deberán ser profesionistas en activo con documentación probatoria.
VIII.3.3. Los postulantes deberán ser afiliados vigentes a colegios/asociaciones/ sociedades.
VIII.3.4. Los postulantes pueden ser propuestos por las comisiones salientes, los consejos directivos de los entes estatales o de especialidad que conforman a la federación o ser autopropuestos.
VIII.4. De no haber postulaciones, será el Consejo Directivo entrante quien asigne a los presidentes de las Comisiones en cuestión.
VIII.4.1. Los demás integrantes de las comisiones podrán ser asignados de dos maneras y en el siguiente ese orden.
VIII.4.1.1. Mediante asignación directa por el presidente de la comisión.
VIII.4.1.2. Propuestos y votados mediante plenaria (Consejo Directivo Entrante, Comisiones y Presidentes de asociaciones, sociedades y colegios).
POR LA GRANDEZA DE LA FISIOTERAPIA MEXICANA
“EN LA FEMEFI CABEMOS TODOS”
Noviembre 16, 2024
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